La voz de los niños y niñas ¡también cuenta!

Mayo 2012

La participación infantil es uno de los principios rectores de la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas (CDN).

Eniñoaltavozl Artículo 12 de la CDN determina el derecho a expresar su opinión y que ésta se tenga en cuenta; en el Artículo 13 se establece que todo niño/ a tiene derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, siempre que no se menoscabe el derecho de otros; en el Artículo 14 se enuncia la libertad de pensamiento, conciencia y religión; en el Artículo 15 se expresa el derecho a asociarse libremente y celebrar reuniones pacíficas; y finalmente, en el Artículo 17 se determina el libre acceso a la información por parte de niñas, niños y adolescentes.

En su Observación General nº 12, el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas profundiza en el contenido del Artículo 12 de la Convención, dedicado al derecho de niños, niñas y adolescentes: Derecho a ser escuchados en relación con todos los asuntos que les afecten y a que su opinión sea tenida en cuenta.

Comparto y apoyo todas las  iniciativas que sitúan a los niños y niñas como agentes activos y que reconocen su capacidad para entender,  interpretar y opinar acerca de aquello que les afecta directamente. Escuchemos lo que tienen que decirnos, fomentemos en ellos la iniciativa, la participación, la autonomía, la creatividad, la comunicación… porque de esta forma les estaremos educando para que sean personas libres y con recursos suficientes para disfrutar plenamente de la vida y para que sean capaces de enfrentarse y superar las dificultades del día a día.

Aprovecho esta reflexión para recomendaros una película que vi hace poquito y me gustó mucho: El erizo.

elerizo

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